Natalia Sueiro
“Ha de haber algo putrefacto en la médula misma de un sistema social que aumenta su opulencia sin reducir su miseria, y aumenta en crímenes aún más rápidamente que en números” (Marx, Elogio del Crimen, escrito entre 1860 y 1862).
El domingo 27 de Octubre se plebiscitarán dos propuestas de reforma de la Constitución, mediante mecanismos de iniciativa distintos. Una refiere a la reforma jubilatoria, que fue habilitada por la iniciativa popular del 10 por ciento del padrón electoral, mientras que a la otra propone que se habilite el ingreso a los hogares en la noche con orden judicial, y fue incluida por iniciativa de legisladores de la coalición de gobierno de ambas cámaras (Asamblea General).
No es novedoso que junto con las elecciones se propongan plebiscitos sobre seguridad, es casi como un agregado electoral “obligatorio”.
En los últimos procesos eleccionarios existieron propuestas punitivas como plataforma electoral: en las elecciones del 2014 se plebiscitó la baja de la edad de imputablidad a instancia de “Vamos Uruguay” (Bordaberry) y apoyada por parte del Partido Nacional. No fue aprobada pero recibió el 47 por ciento de los votos.
En las elecciones nacionales de 2019 se propuso la reforma de la Constitución “Vivir sin miedo” por parte del Partido Nacional, no fue aprobada pero recibió el 47 por ciento de los votos (si, el mismo porcentaje de votos que la reforma de la baja de la edad de imputabilidad). Esta iniciativa incluía la de los allanamientos nocturnos.
¿Qué dice el texto de reforma constitucional sobre allanamientos que se plebiscita en Octubre 2024?
El texto propuesto dice lo siguiente:
Modifíquese el artículo 11 de la Constitución de la República por el siguiente:
“El hogar es un sagrado inviolable. Nadie podrá entrar en él sin el consentimiento de su morador, o por orden expresa y fundada del juez competente, dictada por escrito en los casos y formas establecidas por la ley”.
El Texto actual vigente dice:
“El hogar es un sagrado inviolable. De noche nadie podrá entrar en él sin consentimiento de su jefe, y de día, sólo de orden expresa de Juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley”.
La diferencia es que si se aprueba el proyecto de reforma del artículo 11, se eliminaría la prohibición de ingresar a un hogar con orden de allanamiento en la noche.
Definición de la Mesa Política del Frente Amplio
El Frente Amplio entendió que la propuesta de habilitar los allanamientos nocturnos es engañosa ya que no es la solución a los problemas de inseguridad y que es demagógica porque no tiene un sustento “empírico” (en la experiencia) que haga pensar que ingresar en la noche a los hogares pueda combatir el narcotráfico ni específicamente las “bocas de pasta base”. Esta parece otra “solución mágica” como lo fue la LUC y que sus disposiciones no sirvieron para bajar la criminalidad.
Dice el comunicado del Frente Amplio que hay que dar un debate sobre si los allanamientos nocturnos podrían ser habilitados para algunos delitos como la trata y tráfico de personas, secuestros, narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas, entre otros y habría que discutir los requisitos para llevar a cabo el procedimiento.
Y es por ello que el Frente Amplio entendió que “esta propuesta, así planteada y sin conocer cómo se regulará su aplicación, no es el mejor camino para solucionar los graves problemas de seguridad que el Uruguay hoy tiene, por lo que no acompañamos esta iniciativa de reforma constitucional”.
¿Para qué se utilizan los allanamientos?
La ley permite que se realicen allanamientos tanto para detener a una persona o para registrar el lugar en busca de pruebas (por ejemplo, para retirar celulares, computadoras, objetos robados, sustancias ilícitas).
El allanamiento es una medida catalogada como “intrusiva”, porque se adopta contra los derechos individuales consagrados en la Constitución (otra medida intrusiva son, por ejemplo, las interceptaciones telefónicas), por lo que se deben adoptar como una última alternativa, para el caso de que otras medidas menos invasivas no sean efectivas.
¿Cómo se tramita una orden de allanamiento?
El allanamiento de un inmueble (vivienda, oficinas, depósito, un terreno baldío) debe pedirlo un o una fiscal a un juez o jueza y debe fundamentar el pedido, o sea, debe decir con qué finalidad lo está pidiendo e informar brevemente la investigación que está realizando.
A veces el allanamiento se pide porque el fiscal necesita evidencia para su investigación, y otras veces es la policía como “auxiliar de la justicia” la que le lleva la información a la fiscalía sobre un lugar que debería ser allanado (la fiscalía debe valorar la información que le proporciona la policía y decidir si va a pedir la orden de allanamiento).
La orden siempre la debe dictar un juez o jueza por escrito y se debe identificar claramente la dirección donde está el inmueble que se va a allanar.
Evidentemente, muchas veces el lugar no tiene número de puerta. En esos casos, hay que poner en la orden de allanamiento algún dato que permita identificar el lugar (“calle X e Y, a mitad de cuadra, puerta verde al lado de la almacén Don Vito”).
Es por eso que en los barrios no debidamente urbanizados, barrios populares o pobres, resulta mucho más probable que haya errores en los allanamientos.
Hoy ya se pueden hacer allanamientos nocturnos
Los allanamientos se autorizan para ingresar al inmueble durante el día, sin embargo, hay casos en que se puede ingresar en la noche:
Cuando lo autorice el “jefe” del hogar.
Pueden allanarse galpones, depósitos e inmueble que no sean considerados “morada” (morada es definida por la ley como el lugar que se ocupa con el fin de habitar en él, aunque sea de forma transitoria).
También puede ingresarse cuando haya una denuncia de violencia doméstica porque se considera la denuncia como autorización para el ingreso a la morada.
Alcance de la reforma propuesta
La propuesta a plebiscitar busca que se pueda allanar un hogar o morada de día o de noche, con orden judicial.
El texto que se modificaría elimina la prohibición a entrar a la casa de noche.
La reforma no dice cómo se haría ese allanamiento.
A pesar de que algunos políticos que defienden la propuesta dicen que el allanamiento nocturno se haría con presencia del fiscal o del juez, nada de eso está dicho en la propuesta de reforma constitucional. Lo que existen son proyectos de ley (no aprobados) que proponen esos mecanismos pero no están en el proyecto de reforma constitucional.
Por lo tanto, de aprobarse la reforma, es una norma que no pone ningún requisito adicional para allanar una casa de noche, o sea, es un “cheque en blanco”.
Habría que esperar que se instalara el próximo parlamento en Febrero de 2015 (4 meses después) para que empezara a trabajar en redactar una ley para que reglamente el artículo de la constitución reformado.
Sin embargo, un candidato a presidente de la coalición gobernante ya dijo que no precisa reglamentación, opinión que no comparten los expertos quienes entienden que la ley reglamentaria es indispensable para dar garantías a un procedimiento tan intrusivo.
Si no se hace una ley que reglamente la constitución, el juez o jueza podría habilitar un allanamiento – como se hace ahora – y la policía determinaría el horario para ingresar a la finca. Esta última opción sería muy peligrosa ya que un procedimiento invasivo debe tener múltiples controles que se tienen que establecer por ley y las decisiones no pueden quedar en manos de la policía.
También hay que aclarar que el proyecto habilitaría el allanamiento nocturno para cualquier hecho de “apariencia delictiva” y no solamente para investigar delitos de narcotráfico o algún delito grave como la trata de personas. De aprobarse, se podría ingresar a una casa de noche por ser sospechoso o sospechosa de cometer cualquier delito.
Error en los allanamientos
Cada poco tiempo aparecen en las noticias denuncias de allanamientos mal hechos, que por error la policía entró en una casa, rompió parte del piso o los placares en busca de algo que no encontraron.
“Una familia que vive en Villa Española denunció que la Policía hizo un allanamiento en su vivienda por error, que ingresaron sin orden judicial y que robaron sus ahorros del dormitorio principal. La denuncia por hurto agravado, a la que accedió la diaria, es contra varios policías de la Seccional 13 de Montevideo que participaron en el allanamiento.
Según se indica, el allanamiento tuvo lugar el 23 de julio en el marco de un megaoperativo realizado por el Ministerio del Interior en Villa Española. Los denunciantes afirmaron que los policías entraron en la tarde, cuando en la vivienda estaba solamente una mujer. Le dijeron que iban a hacer un “reconocimiento”, la tiraron al piso y le apuntaron con un arma.
La denuncia plantea que una policía retuvo a la mujer mientras el resto de los funcionarios del Ministerio del Interior revisaban el dormitorio principal de la vivienda. Tirada en el piso, la mujer les pidió para estar presente mientras revisaban el dormitorio. En este escenario, le entregaron una pequeña caja en la que guardaba aproximadamente 24.000 pesos y, tras terminar de revisar el cuarto, se fueron” (La Diaria, 3 de Setiembre de 2024).
…
“El martes 8 de febrero la jueza Anabel Saravia declaró como ilegal un allanamiento realizado en Maldonado. El domicilio consignado en la orden de allanamiento no coincidía con la dirección en la que finalmente se ejecutó la orden. Es decir, ingresaron a la casa equivocada.
La jueza obligó a la Policía a devolver todo lo incautado durante el allanamiento, según informó El País y confirmó El Observador” (El Observador, 11 de Febrero de 2022).
Las causas de los allanamientos erróneos, según dicen esas noticias, pueden ser errores de tipeo de la orden, o errores en identificar una casa en barrios en que no existe una urbanización mínima.
Estos casos existen y se producen con la luz del día, por lo que el riesgo de que existan esas confusiones en la noche resulta aún mayor, y mucho más en lugares con falta de iluminación o caminería, donde varias familias comparten una vivienda.
También hay que decir que en los casos en que los allanamientos se realicen con errores, como los que cuentan las noticias, esas “pruebas” que se recogieron no pueden ser usadas en un juicio.
Falta de equipamiento y capacitación
La Coordinadora Nacional de Sindicatos Policiales (que nuclea a algunos de los sindicatos policiales) se pronunció en contra de los allanamientos nocturnos. El SIPOLNA (otro de los sindicatos policiales) si bien no se oponen, dicen que no están dadas las condiciones actuales para realizarlos en el caso de que se aprueba la iniciativa.
A su vez, ex autoridades del Ministerio del Interior como el ex director de la Policía Nacional, Mario Layera, advirtió que las acciones policiales en la noche “multiplican por 100 el riesgo de vida” y no serán un “golpe efectivo” para “la disminución de las bocas”.
Existen carencias en equipamiento ya que cada policía que participe en un allanamiento en la noche debería tener un dispositivo de visión nocturna, además de dispositivos térmicos, luces de larga duración y potencia, miras láser, que es un equipamiento de alto valor, además de que requiere mucho entrenamiento para su uso. La policía tiene en la actualidad 50 visores nocturnos comprados (para todo el país).
En el caso de que esta iniciativa prospere, el procedimiento debería ser filmado en su totalidad y cada policía debería contar con una cámara con sistema similar al GoPro, para garantía de todas las partes.
Ese equipamiento no solamente sería útil para la efectividad del procedimiento y para la protección de los policías, sino que también es fundamental para la protección de todas las personas que estén en el lugar del allanamiento (además del supuesto delincuente, su familia u otras personas que vivan en ese lugar) y para proteger vecinos y personas que circulen por la zona.
En el caso de que se apruebe la iniciativa y se reglamente que debe tener presencia de un juez o fiscal, también debería proporcionarse equipamiento y capacitación al personal judicial.
Las mujeres, niños y niñas serían las más afectadas
La propuesta de reforma constitucional indefectiblemente tiene un sesgo de clase y de género. Cuando se hacen este tipo de propuestas, se supone que son para todas las personas por igual pero siempre llevan consigo una finalidad. En este caso, afectará a las personas más vulnerables, las que no tienen como defenderse , las que viven mucho más expuestas, las que no tienen un acceso efectivo a la justicia.
La Asociación de Defensores Públicos se opone a esta iniciativa justamente porque en los barrios de contexto crítico, las “poblaciones, que ya se encuentran extremadamente vulneradas, podrán exponerse a mayores riesgos de sus derechos de habilitarse esta medidas, que sin dudas implica un aumento de violencia en el procedimiento”.
Los defensores dicen que los allanamientos generan un estrés postraumático por ser un hecho de gran violencia para niños, niñas y adolescentes.
Si ya en la actualidad, es difícil la coordinación con el INAU cuando se produce un allanamiento diurno y los menores de edad deben quedar al cuidado del Estado, mucho más difícil será coordinar con las instituciones de atención a la infancia en caso de que el allanamiento se produzca en la noche y la policía se lleve detenidos a los adultos responsables, dejando a los niños y niñas sin quienes los cuidan.
¿Por qué no acompañamos este proyecto de reforma?
Los operadores judiciales dicen que no recuerdan que una investigación no haya podido avanzar por no poder allanar una casa en la noche, ya que existen otros mecanismos para custodiar una casa e ingresar a la salida del sol.
El peligro para la integridad de los funcionarios que deban realizar el allanamiento, para los habitantes de la casa y para los vecinos es muy alto y en comparación con el resultado que puede obtenerse, es mucho lo que se pone en riesgo.
Los más afectados y que más riesgo corren son los niños, niñas y adolescentes y las mujeres, que en el caso de que se produzca un allanamiento en la noche, no podrán huir porque seguramente sean las encargadas de los cuidados, mientras que los hombres tendrán más chance de escapar.
Es una nueva propuesta sin perspectiva de género que volverá a criminalizar a las mujeres que son los eslabones más vulnerables en la cadena del narco menudeo.
Las propuestas punitivas en época electoral son obvios casos de populismo punitivo que no van a solucionar los problemas de inseguridad y convivencia y van a aumentar los riesgos de las personas que se encuentran más expuestas y vulneradas.
